Formulario solicitud Rúbrica de libros
Libros que se rubrican en el RPI
- Libro de actas de asambleas (art. 2062 CCyCN)
- Libro de registro de firmas de los propietarios (art. 2062 CCyCN)
- Libro de administración (art. 2067 inc. i) CCyCN)
- Libro de registro de propietarios (art. 2067 inc. i) CCyCN)
- Otros que no deban rubricarse en IGJ u otros organismos. (art. 2067 inc. i) CCyCN)
Nota de apertura del nuevo libro -opciones-
- LIBRO QUE SE APERTURA EN EL RPI > En la primera foja útil del libro a rubricar, el RPI insertará la nota de apertura que deberá ser suscripta ante el oficial de Registro por el Administrador con mandato vigente.
- LIBRO PREVIAMENTE APERTURADO POR ESCRIBANO > Se presenta el Administrador con el/los libros a rubricar ante el RPI con nota de apertura confeccionada por un Escribano. En la misma debe constar la calificación de la vigencia del mandato del Administrador.
Requisitos generales para la Rúbrica de libros de Consorcio
PRIMER LIBRO (de cada tema)
- Acompañar el libro a rubricar (Nº 1). Sus fojas deben estar foliadas con numeración correlativa.
- Reglamento. Original + fotocopia simple ó Fotocopia certificada del Reglamento de Propiedad inscripto en el que conste el número de matrícula del inmueble, las fechas de otorgamiento e inscripción.
No resulta idónea la presentación de una copia simple cuando no viene acompañada por el testimonio o copia original inscripta.
- Designación vigente del Administrador, sea que su designación se hubiera efectuado en el Reglamento o mediante un Acta, -en este último caso es necesario que de dicha Acta surja la autorización expresa de la Asamblea de Propietarios para la gestión del trámite y que la misma esté protocolizada o su fotocopia esté certificada por escribano.
- Datos del Consorcio: Constancia AFIP de Inscripción de Personas Jurídicas (F420/E), denominación, domicilio, cantidad de unidades, teléfono y mail.
- Datos del Administrador: fotocopia simple del frente y dorso del DNI del administrador, teléfono, mail y su número de CUIT.
Si el Administrador resultare una Persona Jurídica, deberá acompañar -además- copia del instrumento de apoderamiento.
ULTERIORES LIBROS (2º ejemplar en adelante)
Además de los Requisitos Generales para la rubricación de libros, deberá…
- Adjuntar copia del ‘Informe de libros rubricados’ expedido por el RPI para este Consorcio-Matrícula.
- Acompañar el libro anterior (terminado o inutilizado) y el libro que se desea rubricar.
- Declaración Jurada del Administrador con mandato vigente en el sentido de que no se formuló denuncia policial por robo y que el Libro en cuestión no se encuentra en sede judicial.